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La SMV modifica el reglamento de agentes de intermediación, el de fondos mutuos y el de inversión, el de empresas proveedoras de precios y las normas para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modifica diversos artículos e incisos del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por la Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01; entre otras razones, para reconocer la digitalización en los servicios y actividades de las entidades reguladas por las citadas normas, situación que reviste especial importancia dada la presente coyuntura de emergencia sanitaria, pues las distintas entidades bajo supervisión deben brindar sus servicios y productos utilizando medios virtuales que garanticen el correcto funcionamiento del mercado bajo estándares de seguridad y transparencia. Las modificaciones se alinean con las necesidades y expectativas expuestas por los representantes de las industrias involucradas a través de la Mesa Digital del Consejo Consultivo del Mercado de Capitales, todas ellas orientadas al uso intensificado de medios electrónicos y telemáticos para lograr procesos eficientes que reviertan en un mejor servicio a sus clientes y a su sostenibilidad. (SMV, R. 108-2020-SMV/02, 11/04/2020)

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