La norma de contrataciones establecía que la suspensión del plazo de ejecución resultaba aplicable a los contratos de obra, supervisión de obras y supervisión de servicios, siempre que estuvieran dentro de los supuestos establecidos en el artículo 153 del reglamento. En consecuencia,
La norma de contrataciones establecía que la suspensión del plazo de ejecución resultaba aplicable a los contratos de obra, supervisión de obras y supervisión de servicios, siempre que estuvieran dentro de los supuestos establecidos en el artículo 153 del reglamento. En consecuencia,
